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CÓDIGO DEONTOLÓGICO
DE LA PODOLOGÍA
Normas de ética podológica
CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE PODÓLOGOS
Los Colegios Autonómicos, y en su caso los Provinciales,
tienen competencia para fijar sus propias normas deontológicas
dentro de su ámbito territorial, como consecuencia
de ello, el presente Código Deontológico
de la profesión de Podólogo, se aplicará
con carácter supletorio respecto a los Códigos
Deontológicos de los Colegios Autonómicos
o Provinciales, y se aplicará de forma directa
en los Colegios que no hayan desarrollado su propia
normativa.
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